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Bono Social

Bono social, toda la información para entender el bono social

 

Novedades

Según lo establecido en  el Artículo 2 del Real Decreto ley 6/2009  y la Resolución de 26 de junio de 2009; a partir del 1 de julio de 2009, entra en vigor el Bono Social.

Se trata de un descuento sobre el precio de la Tarifa de Último recurso TUR, para determinados consumidores de electricidad acogidos a esta tarifa. Dichos consumidores deberán ser personas físicas y solicitarlo para su vivienda habitual.

Condiciones para solicitar el Bono Social

El Bono Social es solo de aplicación a personas físicas cuyo suministro se destine para el uso en vivienda habitual y que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

  • Personas físicas con una potencia contratada inferior a 3kW en su vivienda habitual. Se les aplicará el Bono Social Automáticamente.
  • Clientes con edad mínima de 60 años que perciban una pensión mínima.
  • Clientes de más de 60 años que perciban pensiones no contributivas de jubilación e invalidez, así como beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
  • Familias numerosas.
  • Familias con todos sus miembros en situación de desempleo.

Para poder acogerse al Bono Social es necesario tener la Tarifa de Último Recurso (TUR) y por lo tanto ser cliente de una Comercializadora de Último Recurso.

Procedimiento de solicitud

Para poder solicitar el Bono Social se debe de pertenecer a uno de los colectivos descritos anteriormente y entregar la documentación de solicitud necesaria para ello.

Esta es la carta remitida a nuestros clientes en la que les explicabamos los detalles del Bono Social.

Teléfono de ayuda en la navegación: 902 52 58 52
Para cualquier otra cuestión, contáctanos

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