En absoluto, el hecho de que la facturación se realice mensualmente no implica aumento de precio ni cambio en los conceptos facturables
En cumplimiento con lo estipulado en el Real Decreto, se realizará facturación mensual de aquellos suministros que no superen los 10 kW y se mantendrá la facturación con ciclo bimestral para el resto.
No te afecta, dado que la cuota que pagas seguirá siendo mensual.
El Real Decreto establece que la nueva operativa de facturación mensual afecte solo a los clientes que disponen de la tarifa TUR (Último Recurso).
Para los clientes que tienen el suministro contratado con Endesa a un precio libremente pactado (ML), recibirá la factura bimensual.
No te preocupes. La posible desviación entre lectura estimada y real va a ser mínima.
Según la Resolución de 14 de mayo de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas.
Desde el 1 de noviembre del 2008 las empresas eléctricas están obligadas a facturar a nuestros clientes mensualmente. La ley también estipula que la lectura real del contador se seguirá realizando cada 2 meses y, el mes en que no se realiza, se facturará en base a la estimación del consumo.
La factura correspondiente al primer mes del periodo bimestral de lectura se emite con un consumo estimado calculado en función del consumo que el cliente tuvo el año anterior.
Seguramente la factura recibida se ha realizado en base a la lectura real, y por tanto recoge el ajuste el importe al consumo registrado por el contador durante los 2 últimos meses.
En cualquier caso, con el cambio de periodo de facturación no pagas ni mas ni menos, simplemente se reparte el pago de forma en 2 facturas mensuales en lugar de 1 bimestral.
Se trata, seguramente, de una factura mensual con consumo estimado.
Desde el 1 de noviembre de 2008 las empresas eléctricas están obligadas a facturar a nuestros clientes mensualmente. La ley también estipula que la lectura real del contador se seguirá realizando cada 2 meses y, el mes en que no se realiza, se facturará en base a estimación del consumo.
La factura correspondiente al primer mes del periodo bimestral de lectura se emite con un consumo estimado calculado en función del consumo que registró en el mismo periodo del año anterior. Pero si hubiese disminuido el consumo durante el resto del año, se realizará una media anual ponderada.
En el caso que nos comentas, esta estimación ha supuesto la imputación de un consumo. No obstante, en la próxima factura de lectura real del contador, se ajustará el importe al consumo real de estos dos meses.
Para evitar que esta situación persista en próximos periodos de lectura real si la vivienda sigue desocupada, contacta con nuestro centro de atención telefónica para solicitar que no se realicen estimaciones de consumo para esta vivienda.
Se trata seguramente de una factura mensual con consumo estimado.
Desde el 1 de noviembre de 2008 las empresas eléctricas estamos obligadas a facturar a nuestros clientes mensualmente. La ley también estipula que la lectura real del contador se seguirá realizando cada 2 meses y, el mes en que no se realiza, se facturará en base a la estimación del consumo.
En la próxima factura con lectura real del contador, se le ajustará el importe al consumo real de estos 2 meses.
En cualquier caso, con el cambio de periodo de facturación no pagas ni más ni menos, simplemente se reparte el pago de forma en 2 facturas mensuales en lugar de 1 bimestral.
Si, entrará en el ciclo de recalculo que se va a efectuar. No obstante, ten en cuenta que si la operación se ha realizado anteriormente de modo correcto, el resultado no variará en modo alguno en el importe de su factura.
Si, Lo único que varía es la periodicidad del ciclo de facturación. Los plazos de pago seguirán siendo los actualmente establecidos.
La factura tiene dos tipos de conceptos. El primero que se relaciona con el término fijo, que es el importe correspondiente a los conceptos de potencia, alquiler de equipos, así como otros complementos que tenga contratados, los cuales no sufren variación y están estipulados en euros por mes. El segundo se relaciona con el término variable, que reflejará el consumo de energía y el número de días a los cuales corresponda el intervalo entre lecturas.
Por tanto, se factura el término fijo en meses completos, mientras que el término variable se factura en tramos de lectura. No obstante estos tramos se compensan en posteriores facturaciones pues si un mes tomamos la lectura sobre 28 días, el siguiente se realizará por 32, porque al fin y al cabo lo que se traslada a la factura es el consumo marcado por el contador.
Esta situación entra dentro de la normalidad comercial. Debes tener en cuenta que en función de la zona y de la planificación de nuestro servicio de lecturas, ésta puede tomarse en períodos distintos.
La factura tiene dos tipos de conceptos. El primero que se relaciona con el término fijo, que es el importe correspondiente a los conceptos de potencia, alquiler de equipos, así como otros complementos que tenga contratados, los cuales no sufren variación y están estipulados en euros por mes. El segundo se relaciona con el término variable, que reflejará el consumo de energía y el número de días a los cuales corresponda el intervalo entre lecturas.
Por tanto, se factura el término fijo en meses completos, mientras que el término variable se factura en tramos de lectura. No obstante estos tramos se compensan en posteriores facturaciones pues si un mes tomamos la lectura sobre 28 días, el siguiente se realizará por 32, porque al fin y al cabo lo que se traslada a la factura es el consumo marcado por el contador.
No tienes por qué recibir en papel las facturas. Puedes darte de alta en el servicio de factura electrónica de la Oficina Online. Te enviaremos un aviso a tu correo electrónico cada vez que tengas disponible una nueva factura. Podrás consultarla en la oficina online y también archivarla en tu ordenador. Este servicio es gratis y exclusivo para clientes de Endesa que sean usuarios registrados.
Para registrarte en la oficina online pulsa aquí.
© Copyright Endesa S.A. 2009. Prohibida la reproducción total o parcial. Aviso Legal