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¿Qué hago si he comprado una casa nueva?

Si la vivienda que has adquirido es nueva, no tiene suministro eléctrico y se encuentra  en Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Cataluña, Extremadura Ver el mapa, la gestión puedes hacerla en la sección Luz. También puedes hacerla en nuestras Oficinas, Puntos de Servicio o a través del Centro de Atención Telefónica. Si nos indicas el código postal, te indicaremos la más cercana a tu domicilio.

Cuando contrates, debes tener en cuenta algunos aspectos:

  • La documentación que necesitas
  • La potencia que debes contratar
  • El coste que tiene el contrato

La documentación que necesitas

  • Documentación administrativa: Cédula de habitabilidad o Licencia Primera Ocupación
  • Documentación técnica: Certificado Instalación de Baja Tensión. Se trata de un Boletín expedido por el electricista que realizó la instalación y que indica sus principales características: la potencia instalada, la máxima admisible y garantiza la calidad de la instalación. Se entrega en ejemplar por triplicado y sellado por el Organismo Competente de la Administración. Además, podrán solicitarse otros documentos en función de las características de la instalación.
  • Documentación identificativa del cliente/solicitante: DNI, CIF, Pasaporte, NIE
  • Datos bancarios: Para tu comodidad, te aconsejamos que domicilies el recibo.
  • Si contratas en oficinas o puntos de servicio deberás firmar la solicitud del contrato Si contratas a través de endesaonline o por teléfono, te enviaremos el contrato para que lo firmes.

La potencia que debes contratar

  • Depende de las características de los equipos que tengas instalados en tu vivienda. A título orientativo, la potencia que vas a necesitar se puede obtener sumando la potencia del receptor de mayor consumo y de los otros que se vayan a utilizar de forma simultánea. En caso de duda, puedes consultar con un instalador autorizado.
  • La potencia contratada debe adecuarse lo máximo posible a la potencia que vayas a necesitar. Si la potencia contratada es insuficiente, se corre el riesgo de que "salten los plomos", por el contrario si la potencia contratada es excesiva se estará incurriendo en un sobrecoste.
  • En el caso de que la potencia que necesitas supere la admitida (que puedes ver en tu CIE actual) deberás ponerte en contacto con tu instalador electricista para que elabore un nuevo CIE. Igualmente, si en el futuro cambias tus necesidades de potencia (por ejemplo, porque instales nuevos aparatos) puedes necesitar adecuar tu instalación.

El coste que tiene el contrato

El importe del contrato depende de las características del punto de suministro para el que se vaya a dar de alta dicho contrato. En general, existen distintos conceptos que forman parte de la factura originada por el nuevo contrato (o por la solicitud de ampliación de potencia). En cualquier caso, todos estos conceptos estarán debidamente explicados en la factura asociada a la contratación.

  • Los derechos de Acceso son el pago que debe hacerse por la incorporación a la red de un nuevo punto de suministro o ampliación del mismo. En caso de modificación del suministro (ampliación de potencia) , se abonarán únicamente los derechos correspondientes a la diferencia.
  • Los derechos de extensión, son el pago por la infraestructura eléctrica de la empresa distribuidora. Si el contrato es nuevo deberán satisfacerse estos importes. En caso que el contrato haya sido dado de baja hace menos de tres años, estos derechos no deberán abonarse de nuevo.
  • Derechos de verificación, son el pago por la ejecución de la revisión y comprobación del estado y condiciones técnicas reglamentarias de las instalaciones del cliente.
  • Otros gastos de contratación pueden ser los asociados a compra e instalación equipos de medida, el cobro de una fianza, las tasas etc.

La fianza, se recuperará , si en algún momento se da de baja el contrato, tras el pago del importe de la factura de baja del contrato.

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  • Erz Endesa
  • Gesa Endesa
  • Unelco Endesa
  • Sevillana Endesa
  • Endesa Energía

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